Lista 6ª y Lista 7ª: Diferencias y Cuándo Cambiar

Lista 6ª y Lista 7ª: Diferencias y Cuándo Cambiar

La lista 6ª y la lista 7ª son dos clasificaciones administrativas de las embarcaciones en España que determinan su uso y las obligaciones legales que deben cumplir. Conocer la diferencia entre lista 6ª y lista 7ª es fundamental para evitar sanciones y operar una embarcación de forma legal, especialmente en actividades como el charter náutico. En este artículo explicamos de forma clara qué es cada lista, cuándo corresponde cada una y cuándo es obligatorio realizar un cambio de lista.

¿Qué es la lista 7ª?

La lista 7ª corresponde a las embarcaciones de recreo o deportivas que no realizan ninguna actividad comercial. Son barcos destinados al uso privado del armador y no pueden generar ingresos mediante su explotación.

Características de la lista 7ª:

  • Uso recreativo o deportivo

  • Sin actividad comercial

  • Requisitos administrativos más simples

  • Prohibido realizar charter náutico

¿Qué es la lista 6ª?

La lista 6ª corresponde a las embarcaciones destinadas a actividades comerciales. En esta lista se incluyen, entre otras, las embarcaciones dedicadas al charter náutico, transporte de pasajeros u otros usos profesionales.

Características de la lista 6ª:

  • Uso profesional o comercial

  • Permite charter náutico

  • Requisitos técnicos y administrativos más exigentes

  • Mayor control por parte de la administración

Diferencias entre lista 6ª y lista 7ª

Aspecto

Lista 7ª

Lista 6ª

Uso

Recreativo

Profesional / Comercial

Actividad económica

❌ No

✅ Sí

Charter náutico

❌ Prohibido

✅ Permitido

Requisitos técnicos

Básicos

Más exigentes

Inspecciones

Menores

Más frecuentes

 

¿Cuándo es obligatorio cambiar de lista una embarcación?

El cambio de lista es obligatorio cuando se modifica el uso real de la embarcación. Algunos casos habituales son:

  • Iniciar actividad de charter náutico

  • Dejar de realizar actividad comercial

  • Regularizar una embarcación que opera incorrectamente

  • Cambios en la explotación del barco

Requisitos para cambiar de lista de una embarcación

El cambio de lista implica cumplir una serie de requisitos administrativos y técnicos, que pueden variar según el sentido del cambio:

  • Actualización de documentación

  • Certificados técnicos adaptados al nuevo uso

  • Seguro adecuado

  • Tramitación ante Capitanía Marítima

  • Pago de tasas correspondientes

Errores frecuentes relacionados con la lista 6ª y 7ª

Algunos de los errores más habituales son:

  • Realizar charter con una embarcación en lista 7ª (la nueva normativa deja realizarlo pero con matices)

  • No comunicar el cambio de uso del barco

  • Desconocer los requisitos técnicos de la lista 6ª

  • Intentar realizar el cambio sin asesoramiento

¿Es recomendable contar con una gestoría náutica?

El cambio de lista de una embarcación es un trámite técnico y administrativo que requiere conocimiento de la normativa marítima. Contar con una gestoría náutica especializada permite realizar el cambio de forma correcta, evitar errores y garantizar el cumplimiento legal.

 

 

Respondemos tus preguntas

Preguntas frecuentes sobre lista 6ª y lista 7ª

Con la nueva normativa se puede realizar charter en lista 7ª pero con matices.

Sí. Si la embarcación deja de realizar actividad comercial, debe volver a inscribirse en lista 7ª.

El coste depende del tipo de embarcación y de los requisitos técnicos necesarios. Se recomienda solicitar un presupuesto personalizado.

El plazo varía según la Capitanía Marítima y la documentación disponible, pero una gestoría especializada ayuda a reducir los tiempos.

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