Dirección General de Tráfico (DGT)

Gestoría de Vehículos y Tráfico

En Gestoría del Mar gestionamos de forma ágil y 100% online todos los trámites relacionados con tu vehículo ante la Dirección General de Tráfico (DGT), la Jefatura de Tráfico y las agencias tributarias autonómicas. Somos una gestoría administrativa colegiada, lo que nos permite emitir justificantes profesionales de circulación de manera inmediata para que no tengas que detener tu actividad cotidiana o comercial.

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Transferencia de Vehículos y Cambio de Nombre

La transferencia de un vehículo (el cambio de titular en el Registro de Vehículos de la DGT) es un trámite obligatorio que debe realizarse en un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato de compraventa. Este proceso requiere notificar a la DGT y liquidar previamente el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la comunidad autónoma correspondiente. Confiar en una gestoría colegiada te asegura que el vehículo queda libre de cargas (multas, embargos o precintos) y evita sorpresas posteriores tanto para el comprador como para el vendedor.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Informe de Cargas DGT

    Obtención del informe completo de tráfico para asegurar que el coche se puede transferir de forma limpia sin embargos, reservas de dominio o IVTM pendientes.

  • 2. Liquidación del ITP

    Cálculo del impuesto según las tablas de valoración oficial del BOE aplicables a tu comunidad autónoma y pago electrónico inmediato.

  • 3. Tramitación en Tráfico

    Envío telemático del expediente completo a la Jefatura Provincial de Tráfico a través de la plataforma del Colegio de Gestores.

  • 4. Envío del Permiso

    Enviamos el nuevo Permiso de Circulación original a tu domicilio por correo certificado y digitalmente en formato PDF.

Preguntas frecuentes sobre transferencia de vehículos y cambio de nombre:

El ITP corre por cuenta del comprador del vehículo, salvo acuerdo específico entre las partes. El porcentaje del impuesto oscila entre el 4% y el 8% del valor fiscal del coche, dependiendo de la Comunidad Autónoma de residencia del comprador.
Si tiene un embargo, la DGT permite transferirlo pero advierte al comprador, quien asume la carga. Sin embargo, si tiene una 'Reserva de Dominio' (financiera), la DGT prohíbe taxativamente la transferencia hasta que la entidad financiera emita la carta de pago y se cancele el asiento en el Registro de Bienes Muebles.
La DGT permite tramitar el cambio de titularidad aunque el vehículo no tenga la ITV pasada, pero no expedirá el Permiso de Circulación definitivo, sino que retendrá la documentación hasta que el nuevo dueño pase la ITV y lo acredite en Tráfico.

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Matriculación de Vehículos Nacionales

Matricular un vehículo nuevo en España requiere la inscripción formal en el Registro de Vehículos de la DGT para la asignación de placas de matrícula. Este trámite exige el pago de las tasas de tráfico y la liquidación del Impuesto de Matriculación y el IVA, así como el alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM - numerito de ayuntamiento). Nos encargamos de todo el proceso telemático con rapidez.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Ficha Técnica Digital

    Procesamos la ficha técnica electrónica (NIVE) provista por el fabricante o concesionario.

  • 2. Impuestos de Hacienda e IVTM

    Presentamos el Modelo 576 ante la Agencia Tributaria y tramitamos la autoliquidación del impuesto municipal correspondiente.

  • 3. Registro y Placas

    Obtención del número de matrícula definitivo y el Permiso de Circulación.

Preguntas frecuentes sobre matriculación de vehículos nacionales:

El impuesto de matriculación se calcula según las emisiones de CO2 homologadas del vehículo (WLTP): 0% para emisiones <= 120 g/km; 4.75% entre 121 y 159 g/km; 9.75% entre 160 y 199 g/km; y 14.75% para emisiones >= 200 g/km.

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Matriculación de Vehículos de Importación

Si traes un coche de Alemania u otro país europeo (o extracomunitario), debes matricularlo en España en un plazo máximo de 30 días desde su entrada. Gestionamos las ITV de importación, homologación, impuestos especiales (IVA o IEDMT) y placas de matrícula verdes provisionales.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Ficha Reducida e ITV

    Obtenemos la ficha técnica reducida firmada por ingeniero colegiado y pasamos la inspección técnica de importación (ITV especial).

  • 2. Liquidación Tributaria

    Liquidación del IVA (Modelo 300/309) o ITP, y el Impuesto de Matriculación (Modelo 576) en base a las emisiones de CO2.

  • 3. Tráfico y Placas

    Matriculación definitiva en la DGT e impresión de las placas españolas.

Preguntas frecuentes sobre matriculación de vehículos de importación:

Son matrículas provisionales de la DGT de fondo verde y letras blancas que autorizan temporalmente la circulación de un vehículo extranjero mientras se completan los trámites de su matriculación definitiva en España.

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Matriculación de Vehículos Históricos

La catalogación como vehículo histórico en España ofrece grandes ventajas: exención del impuesto de circulación en muchos municipios, ITV más espaciadas (hasta cada 4 años), seguros económicos y permiso para circular por Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) en las principales capitales bajo ciertas condiciones. El nuevo Reglamento de Vehículos Históricos de España simplifica enormemente el trámite para coches de más de 30 años en estado original.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Informe Técnico

    Inspección técnica en un Laboratorio Oficial de Catalogación o declaración responsable de originalidad.

  • 2. Inspección ITV Histórica

    Paso de la ITV específica para históricos donde se valida el estado original y de seguridad del clásico.

  • 3. Expediente en Tráfico

    Inscripción en el registro de vehículos históricos de la DGT para la asignación de la matrícula tipo H.

Preguntas frecuentes sobre matriculación de vehículos históricos:

Debe haber sido fabricado o matriculado por primera vez hace al menos 30 años, su tipo específico debe haber dejado de producirse y debe encontrarse en su estado original sin haber sufrido modificaciones fundamentales en sus componentes principales.

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Duplicado de Documentación de Vehículos

Si has extraviado, te han robado o se ha deteriorado el Permiso de Circulación o la Ficha Técnica de tu vehículo, debes tramitar un duplicado de inmediato. Circular sin la documentación original del vehículo es motivo de sanción de Tráfico.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Solicitud de Duplicado

    Envío telemático de la solicitud de duplicado de permiso de circulación abonando la tasa 4.4 de Tráfico.

  • 2. Verificación de Cargas

    DGT verifica que el vehículo no está de baja definitiva o tiene alguna restricción administrativa.

  • 3. Emisión del Duplicado

    Generación del duplicado firmado digitalmente por la Jefatura de Tráfico.

Preguntas frecuentes sobre duplicado de documentación de vehículos:

La tasa oficial de la DGT para duplicados es de aproximadamente 20.80€ (tasa actualizada), a lo que se añaden los honorarios de tramitación de la gestoría.

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Baja Temporal de Vehículos

La baja temporal es el trámite ideal si vas a dejar de usar tu vehículo por un periodo largo (por ejemplo, si te vas al extranjero, si estás intentando venderlo, o si está averiado y no vas a repararlo de inmediato). Al dar de baja temporalmente el vehículo, quedas exento de pagar el Impuesto de Circulación (IVTM) del ayuntamiento y de mantener en vigor el seguro obligatorio y la ITV.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Solicitud en DGT

    Presentación telemática de la solicitud de baja temporal en el Registro de Vehículos.

  • 2. Anotación Registral

    Tráfico anota la baja temporal y el vehículo deja de estar autorizado para circular en vías públicas.

Preguntas frecuentes sobre baja temporal de vehículos:

Sí, actualmente la baja temporal tiene una duración máxima de 1 año. Antes de que venza el plazo, se debe solicitar una prórroga por otro año o, de lo contrario, el vehículo volverá a pasar a la situación activa de forma automática.

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Baja Definitiva de Vehículos

Tramitamos la baja definitiva de tu vehículo en el Registro de la DGT. Gestionamos la recogida gratuita con grúa y traslado al Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CAT - Desguace) para su destrucción y reciclaje ecológico, emitiendo el Certificado de Destrucción obligatorio.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Retirada al Desguace

    Coordinamos la recogida del coche siniestrado o viejo y su entrega en un CAT oficial.

  • 2. Emisión del Certificado de Destrucción

    El desguace emite el certificado que garantiza el fin de su ciclo de vida.

  • 3. Tramitación de Baja

    Anotación telemática de la baja definitiva en la base de datos de Tráfico.

Preguntas frecuentes sobre baja definitiva de vehículos:

Sí, la DGT permite dar de baja definitiva por desguace un coche con embargos o cargas, puesto que el bien se destruye y no hay riesgo de tráfico ilegal. Lo que no se permite es exportarlo o transferirlo a otro titular.

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Informes de Vehículos de la DGT

Antes de comprar un vehículo de segunda mano a un particular o concesionario, es crucial obtener un Informe Completo de la DGT. Este informe público detalla la identidad del titular actual, el historial de ITVs y kilometraje, los impuestos municipales al día, y lo más importante: la existencia de cargas, reservas de dominio, hipotecas, embargos o precintos que impidan su libre venta.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Solicitud por Matrícula

    Introducción de la matrícula o número de bastidor (VIN) en nuestra plataforma.

  • 2. Consulta telemática

    Conexión directa con la base de datos centralizada de la DGT abonando las tasas correspondientes.

  • 3. Envío al cliente

    Envío digital inmediato del informe original interpretado por nuestros gestores.

Preguntas frecuentes sobre informes de vehículos de la dgt:

Existe un informe reducido gratuito (solo indica si hay incidencias generales) y el Informe Completo (que recomendamos y tramitamos), el cual detalla toda la información técnica, administrativa, de ITV, cargas e historial de transferencias.

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Cambio de Domicilio en el Registro de Tráfico

Cuando te mudas de localidad o de domicilio dentro de un mismo municipio, tienes la obligación legal de notificarlo a la DGT en el plazo de 15 días. Esto actualiza la base de datos de Tráfico para que las notificaciones de multas y el cobro anual del impuesto municipal (IVTM) se envíen a tu dirección correcta, evitando recargos de Hacienda.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Acreditación de Domicilio

    Verificación de la nueva dirección mediante el certificado de empadronamiento del titular.

  • 2. Actualización telemática

    Modificación en el registro oficial de conductores y de vehículos de la DGT.

Preguntas frecuentes sobre cambio de domicilio en el registro de tráfico:

Las tasas de la DGT para cambio de domicilio son gratuitas para el ciudadano (tasa de Tráfico de coste cero), por lo que solo se abonan los gastos mínimos de tramitación de la gestoría.

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Herencias y Transmisiones por Fallecimiento

Cuando fallece el titular de un vehículo, sus herederos deben regularizar la situación del mismo ante la DGT. Este es un trámite complejo porque se divide en dos fases: la adjudicación provisional (custodia del vehículo hasta que se formalice la herencia) y la transferencia definitiva al heredero adjudicado tras la liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Custodia Provisional

    Notificación de la defunción y adjudicación temporal del vehículo a la persona que lo usará (plazo de 90 días desde fallecimiento).

  • 2. Liquidación del ISD

    Presentación y pago del Impuesto de Sucesiones indicando el vehículo en el inventario de bienes hereditarios.

  • 3. Cambio de Titular Definitivo

    Presentación del expediente de transferencia formal ante la DGT para emitir el permiso de circulación a nombre del heredero final.

Preguntas frecuentes sobre herencias y transmisiones por fallecimiento:

No de forma directa. La DGT exige obligatoriamente un trámite intermedio de adjudicación de herencia, aunque se puede realizar un trámite doble simultáneo (herencia + compraventa posterior) para que el coche pase del difunto al comprador final, liquidando las tasas e impuestos correspondientes a ambas transmisiones.

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Gestión de Trámites para Vehículos de Empresa

Las empresas (sociedades anónimas, limitadas o autónomos) se enfrentan a particularidades específicas al transferir o matricular vehículos: deducciones de IVA, transmisiones exentas o sujetas a REBU (Régimen Especial de Bienes Usados), visados de transporte para vehículos de carga o camiones, e inscripción en el Registro de Bienes Muebles si hay contratos de leasing o renting implicados. Llevamos la gestión integral de flotas comerciales.

Beneficios de nuestra gestión:

Procedimiento paso a paso:

  • 1. Verificación del Poder Social

    Validación de las escrituras de apoderamiento del firmante que representa a la persona jurídica (CIF).

  • 2. Preparación Documental Comercial

    Revisión de facturas comerciales emitidas con IVA o certificado REBU aplicable.

  • 3. Transmisión Telemática

    Envío telemático seguro al registro de vehículos de tráfico.

Preguntas frecuentes sobre gestión de trámites para vehículos de empresa:

Si el vehículo fue comprado deduciendo el IVA, su venta está sujeta a IVA (normalmente al 21%). Si se trata de un vehículo adquirido a un particular e integrado en la actividad empresarial, la venta puede tributar bajo el régimen de REBU o estar sujeta a ITP según la naturaleza de la transacción.

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