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Vehículos Publicado el 2026-09-12

Placas verdes en España: cuándo pedir matrícula temporal para un vehículo importado o

Las placas verdes permiten circular de forma temporal mientras se termina una matriculación definitiva o un traslado para exportación. Aquí explicamos en qué casos proceden, qué pide la DGT y qué límites debes tener en cuenta.

Si has comprado un vehículo en el extranjero, aún no lo has podido matricular en España o necesitas moverlo antes de cerrar el trámite definitivo, las placas verdes pueden ser la vía para circular legalmente de forma provisional. La DGT permite solicitar un permiso temporal de circulación con este formato en supuestos concretos, pero no funciona como sustituto general de la matrícula definitiva.

Conviene distinguir bien el caso de uso antes de iniciar el expediente: no es lo mismo un vehículo pendiente de matriculación en España, uno dado de baja para exportación o uno que solo necesita un traslado temporal. Además, tasas, formularios, plazos y criterios pueden cambiar, así que siempre es prudente comprobar la información vigente en la sede oficial de la DGT antes de presentar la solicitud.

Qué son las placas verdes y para qué sirven

Las placas verdes son una autorización temporal de circulación. La DGT las contempla para vehículos que todavía no están matriculados en España y también para vehículos dados de baja para exportación. Su función es permitir un uso limitado mientras se completa el trámite que corresponda, pero no equivalen al permiso de circulación definitivo ni lo sustituyen de forma permanente. [source_numbers:[1,2,3]] [1] [2]

En la práctica, este permiso resulta útil cuando el vehículo ya existe físicamente, pero todavía falta cerrar la parte administrativa: matriculación definitiva, exportación o traslado con un encaje específico. El punto clave es identificar con precisión el supuesto, porque la documentación y la duración del permiso cambian según el caso. [source_numbers:[1,2]] [1] [2]

  • Sirven para circular de forma temporal.
  • No sustituyen la matriculación definitiva.
  • Se usan en supuestos concretos: matriculación pendiente o exportación.

Cuándo sí procede pedir matrícula temporal

La DGT indica que puede solicitarse para vehículos pendientes de matriculación definitiva, para vehículos que van a salir de España o para ciertos traslados previos a la matriculación. También distingue el caso de vehículos nuevos que se matriculan en Canarias, Ceuta o Melilla cuando se han comprado en otra provincia. En ese supuesto, la validez general indicada es de 10 días; para vehículos pendientes de matriculación definitiva, la referencia general es de 60 días. [source_numbers:[1,2]] [1] [2]

Si el objetivo es trasladar el vehículo a otro país o a la Unión Europea, la DGT señala que antes debe estar dado de baja por exportación. Es importante no mezclar este procedimiento con una matriculación ordinaria en España, porque el encaje administrativo cambia y también lo hace la finalidad del permiso temporal. [source_numbers:[1,2,3]] [1] [2]

  • Pendiente de matriculación definitiva en España.
  • Traslado o exportación, si procede la baja por exportación.
  • Supuestos especiales en Canarias, Ceuta o Melilla cuando se compra en otra provincia.

Qué documentación pide la DGT

De forma general, la DGT solicita el impreso oficial de solicitud, el justificante de la tasa vigente, el expediente de matriculación ordinaria cuando proceda y la acreditación de la propiedad del vehículo. En los supuestos de placas verdes para matriculación definitiva, la tramitación temporal va ligada a la presentación de esa matriculación ordinaria, por lo que no suele tener sentido plantearla de forma aislada si el expediente principal todavía no está preparado. [source_numbers:[1,3,4]] [1] [3]

Además, la DGT recuerda que el vehículo debe estar asegurado y con la ITV en vigor para poder circular con placas verdes. Si se trata de una persona autorizada, puede presentar la solicitud en nombre del titular; y, en el caso de empresas, la DGT canaliza este trámite por vía electrónica. Es esencial revisar siempre la documentación exacta del supuesto concreto, porque puede haber matices según el tipo de vehículo o la finalidad del traslado. [source_numbers:[1,2,5]] [1] [2]

  • Solicitud en impreso oficial.
  • Justificante de la tasa vigente.
  • Acreditación de la propiedad.
  • Expediente de matriculación ordinaria, cuando corresponda.

Cómo se tramitan y qué límites de uso tienen

La solicitud puede presentarse de forma presencial o por internet, según el caso, y la DGT permite la identificación electrónica mediante certificado digital, DNIe o Cl@ve cuando el trámite se hace online. Una vez concedido el permiso, las placas verdes deben colocarse antes de circular. No basta con tener el expediente iniciado: el vehículo debe llevar la autorización visible y seguir cumpliendo los requisitos de seguro e ITV. [source_numbers:[1,2,4]] [1] [2]

Su carácter temporal implica varias cautelas. Si el vehículo ya ha obtenido la matrícula definitiva, el Reglamento General de Vehículos prevé la entrega del permiso temporal y de las placas a Tráfico. También conviene recordar que la autorización no está pensada para cualquier uso indistinto, sino para los supuestos previstos por la normativa y por la DGT. [source_numbers:[2,3]] [2] [3]

  • Presentación online o presencial, según el caso.
  • Usar certificado digital, DNIe o Cl@ve si se tramita por internet.
  • Colocar las placas antes de circular.
  • Entregar permiso y placas cuando ya exista la matriculación definitiva.

Pasos prácticos para no equivocarte con el trámite

Antes de iniciar nada, conviene seguir una secuencia simple. Primero, identifica el supuesto exacto: vehículo importado sin matricular, vehículo con matrícula no española o traslado/exportación. Segundo, comprueba si ya puedes pedir la matriculación definitiva al mismo tiempo, porque en el caso de las placas verdes para matricular en España la tramitación temporal va unida al expediente principal. Tercero, reúne la documentación base que corresponda y verifica que seguro e ITV estén en vigor. [source_numbers:[1,2,5]] [1] [2]

Después, presenta el trámite por el canal habilitado y comprueba la fecha de caducidad para no dejarlo vencer. Si el proceso definitivo no está listo a tiempo, la DGT contempla la posibilidad de prórroga en los supuestos previstos, pero no conviene asumirla como automática. La recomendación práctica es no usar las placas verdes como una solución indefinida, sino como un puente administrativo entre la compra, el traslado y la matriculación final. [source_numbers:[1,3,4]] [1] [3]

  • Identifica el supuesto exacto.
  • Comprueba si ya puedes iniciar la matriculación definitiva.
  • Reúne solicitud, tasa, propiedad y expediente que corresponda.
  • Verifica seguro e ITV en vigor antes de circular.

Preguntas frecuentes

¿Las placas verdes sirven para circular con cualquier vehículo importado?

No. La DGT las prevé para supuestos concretos: vehículos pendientes de matriculación en España o dados de baja para exportación, entre otros casos regulados. No son una autorización general para cualquier uso ni sustituyen la matriculación definitiva.

¿Cuánto tiempo duran las placas verdes?

La referencia general que indica la DGT es de 60 días para vehículos pendientes de matriculación definitiva. En el caso de vehículos nuevos que se matriculan en Canarias, Ceuta o Melilla y se han comprado en otra provincia, la validez indicada es de 10 días. Conviene revisar siempre la vigencia oficial, porque los criterios pueden cambiar.

¿Puedo pedirlas si el vehículo va a salir de España?

Sí, pero la DGT señala que para trasladarlo a la Unión Europea o al extranjero el vehículo debe estar previamente dado de baja por exportación. Por eso es importante separar este trámite del de matriculación definitiva y comprobar cuál es el encaje correcto antes de solicitarlo.

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